El MINSAL dispone de una política que asegura diversas medidas de protección para extranjeros.
Según estimaciones
realizadas hasta diciembre del 2021 por el INE, Chile cuenta con 1.482.390
personas extranjeras residiendo en el país. El aumento progresivo de la
población migrante en los últimos años ha dado paso a un trabajo colectivo
entre diversos sectores públicos para lograr avances progresivos en la
protección de los migrantes. El acceso a los servicios de salud ha sido una de
ellas, asegurando atención equitativa, oportuna y sin discriminación.
En términos de
asistencia sanitaria, los extranjeros documentados o indocumentados residentes
en el país están cubiertos por el sistema de salud pública FONASA en su tramo
A, lo que otorga derecho a acudir a centros de salud primaria, servicios de
urgencia, postas y hospitales públicos.
Así, si un extranjero
requiere atención de salud y no tiene visa o permiso de residencia y, por tanto,
no tiene RUN, o no es beneficiario de ningún convenio que le dé derecho a
asistencia médica, o no posee ningún seguro médico, debe dirigirse al centro de
salud público más cercano a su domicilio.
Aquí aclaramos algunas de las dudas más comunes acerca del
acceso a la atención de salud:
¿Qué ocurre si estoy en situación irregular y no tengo
recursos?
Las personas migrantes que no poseen cédula de identidad
chilena (RUN) y que sean carentes de recursos, también podrán acceder en forma
gratuita a las prestaciones de la red pública de salud, en igualdad de
condiciones que los chilenos, quedando cubiertos bajo la categoría FONASA Tramo
A.
¿Cuáles son los establecimientos de salud pública a
los cuales puedo acceder?
A todos aquellos centros de salud primaria, servicios de
urgencia, postas y hospitales públicos, excluyendo clínicas, centros médicos,
laboratorios y consultas médicas privadas.
¿Cuáles son las prestaciones a las que puedo acceder?
Todas las personas migrantes tienen derecho a acceder a
prestaciones de salud pública como métodos de regulación de fertilidad,
controles nutricionales, vacunas, mamografías, Papanicolaou, aplicación de Test
de Elisa, atención de enfermedades transmisibles (TBC, VIH/SIDA, infecciones de
transmisión sexual), entre otras.
Las personas migrantes que tienen contrato de trabajo o que
cotizan de manera independiente y sus familiares directos (cónyuge, hijas,
hijos y otras personas reconocidas como cargas familiares) tienen acceso a
salud a través de FONASA o ISAPRES.
¿Qué derechos tienen las niñas, niños, adolescentes y
mujeres embarazadas?
En el sistema público de salud los menores de 18 años y las
mujeres durante el embarazo, el parto y hasta 12 meses después del parto, aun
cuando se encuentren en situación migratoria irregular tienen derecho a:
-
Acceder a todas las prestaciones de salud que
requieran, incluidos los controles médicos durante todo el embarazo.
-
Control anual de crecimiento del niño hasta los
9 años (conocido como “control del niño sano”) y todas las prestaciones del
Chile Crece Contigo.
-
Recibir los complementos alimentarios (leche) y
medicamentos que se les indiquen.